Especialistas señalaron que
si bien el nuevo esquema electrónico simplifica la declaración, se debe hacer
al menos un acercamiento con un contador o con el SAT, pues los errores
técnicos podrían traducirse en conflictos con el fisco.
Abril es el mes del contador,
sobre todo porque el 30 de Abril fue la fecha límite para
realizar la declaración anual.
En caso de No haberla presentado, todavía puedes realizarla, sin
ningún problema, mientras las autoridad fiscal no te requiera la obligación.
Si quieres hacerla tu
mismo, estos son los pasos que debes seguir y lo que debes considerar para
tener en orden tus cuentas.
Declaración Anual :
Personas físicas con ingresos por salarios, si
tu ingreso fue más de 400 mil pesos o tuviste dos patrones en un mismo
año.
:) Debes obtener la
constancia de percepción y retenciones que otorga los Patrones a quien
ofrecisteis tus servicios.
:) contraseña o la firma
electrónica (Fiel),
:) Clave interbancaria,
Institución Bancaria
:) Facturas electrónicas de
gastos personales que hayas realizado el año pasado.
Puedes hacer la declaración electrónicamente o de forma
presencial en el Servicio de Administración Tributaria
(SAT).
En caso que prefieras
efectuarla en el portal del sistema tributario,
:) Deberás ingresar al portal de internet www.sat.gob.mx
:) ubicar la pestaña de trámites,
:) Colocar el cursor en la pestaña de Declaraciones, e ir a DeclaraSAT y seleccionar 2014,
:) Ingresar al sistema
con tu RFC y contraseña.
:) ingresar con la Fiel solo
si Analizas y defines con base en tus facturas si tu resultado será un saldo a favor menor a 40 mil pesos, pues
si tu perspectiva es mayor a dicha cantidad deberás utilizar la Fiel.
Te sugerimos que Para
cualquier efecto, es preferible entrar con
la firma electrónica y posteriormente llenar los datos requeridos usando
la constancia de percepciones y retenciones.
:) Si tu saldo es a favor, utilizarás tu clabe interbancaria para que en 10 días hábiles
tengas tu devolución; si es un saldo en contra, tendrás que
hacer el pago antes del día 30.
En el caso de las personas
por Honorarios coloca el cursor en la pestaña Declaraciones, ve a Honorarios y
realizas el mismo llenado.
DEDUCCIONES:
LA DIFERENCIA DE HONORARIOS Y ASALARIADOS
Es las formas de recibir
ingresos, la diferencia radica en las deducciones
que se pueden hacer.
:) Las personas con honorarios pueden obtener una mejor devolución
de impuestos, aunque los límites serán los mismos, 94 mil pesos
o 10 por ciento de los ingresos totales anuales, lo que resulte menor.
Las Deducciones
Personales para Asalariados y Honorarios:
Según la Ley del
Impuesto Sobre la Renta, se pueden deducir honorarios
médicos y dentales, colegiaturas y transporte escolar,gastos
funerarios, primas, intereses reales pagados por créditos hipotecarios,
aportaciones complementarias para el retiro y donativos a instituciones
autorizadas.
Las Deducciones por
Honorarios:
Se agregan los gastos estrictamente indispensables para la
realización de las actividades laborales.
Unos de los aspectos que
debe tomarse en cuenta en el trámite es el uso del crédito, pues modifica el
estado de los ingresos y si no se tiene la documentación adecuada podría llegar
a haber controversias. Es importante declarar todas las entradas que se
tengan en las instituciones bancarias, incluye los depósitos en efectivo que realices
en las tarjetas de crédito.
Las disputas con el fisco pueden existir si las personas olvidan
declarar pagos provisionales de arrendamientos, venta de
inmuebles, honorarios siendo asalariado, ventas de acciones, etc.
TIPS
Organiza. Desde un inicio conserva y ordena las
facturas para cualquier aclaración que llegaras a hacer.
Tecnología. Si vas a hacer tu declaración vía
internet, procura tener todos tus datos a la mano y realizala en un dispositivo
personal.
Alerta. No la hagas con prisas porque podrías
introducir algún dato incorrectamente; date tiempo y espacio.
Anticipa. No dejes la declaración para el último
día, comienza a organizar tus documentos ahora mismo.
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